Así es el proceso de trasplante de órganos en Colombia

SALUD
Salud

El Instituto Nacional de Salud ha trazado, desde el 2017, una ruta de trabajo para el fortalecimiento de la Red y el crecimiento efectivo de la tasa de trasplante en Colombia, con el objetivo de mejorar las condiciones de salud de la población perteneciente a grupos de riesgo que, por el proceso de salud y enfermedad, requieren un trasplante como opción terapéutica.

En el marco de lo establecido en el Artículo 11 de la Ley 1805 del 2016, todo paciente que padezca una enfermedad terminal de un órgano que pueda ser tratada mediante trasplante, debe recibir obligatoriamente una valoración pre-trasplante oportuna, integrando en tal valoración, la posibilidad de ser trasplantado a través de un donante vivo, siempre que sea técnicamente posible. La opción de ser donante vivo es un derecho de todos los usuarios y debe estar contemplada e integrada en la Red de Prestadores de Servicios de Salud.

Actualmente, en Colombia se cuenta con diversos componentes anatómicos, como lo son tejidos, órganos, células, material genético y fluidos orgánicos, y todos los afiliados tienen la voluntad de aceptación o negación de la donación de estos, ya que es un derecho consagrado en la Ley Estatutaria en Salud.

Dado que toda persona atendida es presunto donante, desde la atención inicial prestada y hasta que se le demuestre lo contrario, su cuidado como donante es una obligación de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud.

La realización del trasplante y la extracción de órganos pueden ser efectuadas únicamente por Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS), bajo el programa de trasplante habilitado e inscrito en la Red para tal fin.

Si tienes dudas, comunícate a nuestro contact center 485 3530.

Fuente: INS

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *